Segundo retiro de fondos de AFP fue aprobado en la Cámara
La tarde de este martes la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría el proyecto que establece y regula un segundo retiro de fondos de AFP. Además, este quedó excluido de tributación al rechazarse la indicación que si debían hacerlo rentas sobre los 30 millones anuales (2,5 mensuales).
Pese a que este martes el proyecto necesitaba un quorum de tres quintos de los parlamentarios en ejercicio (93) para ser aprobado, finalmente incluso superó los dos tercios (103), ya que consiguió 130 votos a favor, 18 en contra y dos abstenciones. Cabe recordar que el primer retiro del 10% se aprobó en general con 95 votos a favor el pasado 8 de julio, cuando estaba en su primer trámite constitucional; más tarde se aprobó por 116 votos favorables el 23 de julio, en su tercer trámite. Así, los votos a favor de ayer superaron los dos anteriores.
Esto porque los votos de Chile Vamos se fueron sumando. Cuando se votó en primer trámite constitucional, el primer retiro del 10%, fueron 13 los parlamentarios oficialistas que aprobaron la iniciativa. En el tercer trámite constitucional del primer retiro, Chile Vamos entregó 35 votos favorables. Pero este martes fueron 44 los votos, 16 de la UDI y 28 de RN.
Durante la votación del martes no estuvo presente el ministro de Hacienda ni la ministra del Trabajo, María José Zaldívar. Ambos asistieron solo por algunos momentos durante el debate del proyecto en la mañana. Tampoco hicieron intervenciones. Fue el ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Monckeberg, el que sí asistió e intervino durante el debate, a diferencia de lo ocurrido en el primer retiro, donde sí pidieron la palabra en sala los ministros de Trabajo y Hacienda. Este último incluso estuvo presente durante la votación de julio.
CÓMO QUEDÓ EL PROYECTO
Luego, en la votación en particular se resolvió sobre una decena de indicaciones presentadas, las cuales ninguna fue aprobada, entre ellas que paguen impuestos aquellas personas que quieran retirar su 10% y que tengan rentas mayores a $2,5 millones mensuales.
Este inciso se rechazó por 89 votos en contra, 41 a favor, y 18 abstenciones. En tanto, las nuevas indicaciones que ingresó Chile Vamos fueron rechazadas en su totalidad. Algunas de ellas apuntaban a que el retiro sea solo para quienes hayan visto una disminución de al menos un 30% de sus ingresos, o hayan perdido sus empleos. También se rechazó que las AFP informen a sus afiliados el efecto de este segundo retiro.
En concreto, la iniciativa autoriza a las y los afiliados del sistema privado de pensiones, de forma voluntaria y excepcional, a realizar un segundo retiro de fondos de AFP de hasta el 10%.
La medida, dispuesta con la idea de mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional decretado a causa del Covid-19, establece como monto máximo de retiro el equivalente a 150UF y un mínimo de 35UF.
En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior al límite recién señalado, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. Igualmente, si los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual son inferiores a 35UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos.
La norma determina que la entrega de los fondos se efectuará en una sola cuota y en el plazo máximo de 30 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones y estará sujeta a la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la Ley 21.254.
Asimismo, se remarca que la presente facultad no es incompatible con el ejercicio del derecho de retiro del 10% establecido en la reforma constitucional ya vigente y se indica que la Superintendencia de Pensiones establecerá la normativa que regule esta cotización.
Luego, se especifica que los afiliados que soliciten el retiro de fondos previsionales podrán reintegrar todo o parte de dichos fondos mediante una cotización voluntaria adicional equivalente a un 5% mensual calculada sobre la última remuneración cotizada y que podrá enterarse durante todo el período que sea necesario para restituir el saldo retirado reajustado, sin perjuicio de su facultad de suspenderlo o discontinuarlo.
Además, se establece que el Presidente de la República, los parlamentarios, los gobernadores regionales, los funcionarios de exclusiva confianza del Jefe del Estado y los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas, que hayan hecho efectivo el primer retiro o que accedan a este nuevo beneficio deberán incorporar a su declaración de patrimonio e intereses la información respectiva.
APROBADO RETIRO PARA ENFERMOS TERMINALES
Pese a que el gobierno ingresó al Congreso un proyecto para que enfermos terminales tengan un cálculo distinto de pensión, de todas maneras este martes la Cámara de Diputados aprobó en general una moción parlamentaria para que las personas que estén en esta condición puedan retirar la totalidad de los fondos de pensiones.
Esta reforma constitucional se aprobó con 150 votos a favor. Eso sí, la iniciativa tuvo que regresar a la Comisión de Constitución de la Cámara, ya que en sala ingresaron nuevas indicaciones.
El gobierno ha dicho que está de acuerdo en que los enfermos terminales deben tener un tratamiento especial al momento de calcular la pensión, pero ha dicho que esta moción no es recomendable, ya que no considera temas como dejar una pensión de sobrevivencia.