13 septiembre, 2024
Notcias

Aguinaldo Fiestas Patrias Pensionados: Conoce su monto

Nos acercamos a un nuevo 18 de septiembre con todos los gastos que eso implica. Más aún si es fin de semana largo. Por eso en esta nota trataremos un tema importante: Aguinaldo Fiestas Patrias Pensionados.

Decimos que esta fecha será fin de semana largo ya que podremos iniciar las celebraciones el sábado 16 y extenderlas hasta el martes 19.

Para estas fechas, las personas suelen tener varios gastos, teniendo en cuenta también que muchos abandonan la capital para visitar el litoral central u otros lugares. Es por estos motivos que los trabajadores -ya sean del sector público o del sector privado- están a la espera de su aguinaldo, el cual les permite costear parte de estos gastos.

¿Qué ocurre con los pensionados?

Los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) también entran en esta categoría. En este sentido, la suma de dinero se paga una sola vez y va de la mano con la respectiva pensión de septiembre, siempre y cuando se cumpla con los requisitos.

El monto base del aguinaldo Fiestas Patrias pensionados de este año es de $23.261. A esta cifra se le agregan $11.933 por carga familiar, que debe estar acreditada hasta al 31 de agosto.

TE PUEDE INTERESAR: Nuevo monto sueldo mínimo desde septiembre 

Cabe destacar que el dinero correspondiente al aguinaldo no tiene descuentos y no se considera para el pago de impuestos, puesto que no es tributable.

¿Quiénes reciben el aguinaldo?

De acuerdo a lo anterior, los pensionados que reciben el aguinaldo, son:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

Equipo Jubilar

El equipo de Jubilar.cl está compuesto por los asesores previsionales César Galleguillos y Viviana Vargas junto al periodista Rafael Hormazábal.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *