18 abril, 2024
Notcias

Retiro del 10 por ciento de AFP: Así será su funcionamiento

Desde el jueves que se aprobó en tercer trámite constitucional que han existido diversas dudas en torno al retiro del 10 por ciento de AFP. Tras un nuevo instructivo de la Superintendencia de Pensiones intentaremos aclarar todas tus dudas.

Monto a retirar

Esto creemos que ya está claro, pero insistiremos en aclararlo en base a los montos que usted tenga acumulados en su respectiva AFP.

  • Hasta 1 millón acumulado: Podrá retirar todo lo que tiene y en una sola cuota.
  • Entre 1 y 10 millones: Podrá retirar 35 UF (poco mas de un millón de pesos) en una sola cuota.
  • Entre 10 y 43 millones: Un 10% de dicho monto en dos cuotas.
  • Sobre 43 millones: También será en dos cuotas y puede optar como máximo a 150 UF, es decir, 4,3 millones.

De todos modos usted tendrá la opción de no retirar lo que le corresponde y elegir menos dinero, pero si así lo decide, NO podrá retirar el monto restante en el futuro.

Cuándo comienza a operar

Desde las 9 de la mañana del jueves 30 de julio y de manera digital a través de la página web de su AFP o aplicación móvil de la misma. Hasta el 2 de agosto será única y exclusivamente de manera remota. No se requerirá clave de acceso si cuentas con cédula de identidad chilena.

El formulario a llenar debe ser claro y único para todas las compañías además de estar visible en el home de cada uno de los sitios web.

Este formulario solicitará su número de cédula de identidad (RUT)  y su serie o número de documento, domicilio completo (opcional), teléfono y correo electrónico, la modalidad de pago requerida, además de las respectivas instrucciones de llenado.

Retiro del 10% de AFP numero de serie

¿Qué pasa si soy extranjero y tengo dinero en las AFP?

Si el solicitante es extranjero y ya posee la ciudadanía, es decir, carnet de identidad chileno podrá seguir los mismos pasos que una persona nacida en nuestro país.

En caso de no contar con cédula de identidad nacional puedan solicitar el retiro ingresando el NIC (número identificatorio para cotizar) utilizado para el pago o declaración de las cotizaciones, y en este único caso podría necesitar la clave de acceso a la AFP, que también puede solicitarse de manera online.

¿Los chilenos que viven fuera del país pueden retirar su 10%?

Sí, pueden hacerlo siempre y cuando la cuenta que inscriban para el depósito sea de un banco en Chile y sea una cuenta personal. Además, deberán contar con su carnet de identidad chileno ya que se pedirá el número del documento.

En caso de que un tercero tenga poder para realizar trámites a nombre del afiliado que se encuentre en el exterior, éste deberá hacer el trámite de manera presencial en sucursales. No antes del 2 de agosto ya que hasta dicha fecha sólo sera vía remota.

¿Existirá algún tipo de descuento?

No. No existirá descuento alguno por comisión en la AFP o cobro de deuda que usted pudiera tener con el banco en el cual solicitará el depósito.

Sin embargo, están vigentes los límites habituales para depósito y retiro, por lo que «se le va a depositar en la medida que los límites den. Si no es en un depósito serán dos, pero finalmente todo va a quedar en la cuenta RUT, y en la salida la persona tendría que ir haciendo uso probablemente en más de un giro si excede los límites».

También se mantienen activos los cobros extra por retirar el dinero en caja o cajeros, aclaró, insistiendo que «lo que el Banco Estado y ningún otro banco puede hacer es cobrar una comisión o hacerse pago de deudas con los dineros que estén dentro de la cuenta».

Modalidad de pago

Se podrá seleccionar transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde está efectuando el retiro (si no posee una, se creará una automáticamente) que permanecerá en el mismo tipo de fondo donde se encuentre la cuenta de capitalización individual, depósito en una cuenta bancaria o de instituciones financieras, incluyendo cooperativas de ahorro y crédito, y cuentas de provisión de fondos en cajas de compensación. En todos estos casos, el solicitante del retiro deberá informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.

Cabe mencionar que no estarán autorizadas para recibir depósitos las cuentas bipersonales (con más de un titular) ni cuentas digitales con procesos de apertura no presenciales, con el objetivo de evitar el rechazo de la solicitud.

También podrían habilitarse medios de pago en efectivo a través de Servipag o Sencillito o un vale vista en una institución bancaria.

¿Qué pasa si hay deuda por pensión de alimentos?

Si bien el sistema tendrá incluida dicha pregunta con la opción de responder sí o no, debemos insistir que confiar en ese camino no es el mejor.

Primero porque quien retira y es deudor puede perfectamente poner que no lo es y las AFP no tienen como cotejar dicha información si no existe una medida cautelar respecto a dicho dinero en caso de ser solicitado.

Por lo mismo es que la vocera de la Corte Suprema, la ministra Gloria Ana Chevesich, afirmó que «estamos trabajando intensamente para tener una respuesta sistémica y completa en las próximas horas. El impacto de las solicitudes de liquidación de pensiones alimenticias, que es el paso inicial para pedir y decretar la retención del 10% de los fondos, ha sido enorme. En el fin de semana pasado se recibieron 25 veces más de ingresos que en una época normal».

Para quienes no han iniciado este paso la recomendación es hacerlo pronto ya que «no es un trámite único, sino uno por etapas y en el que participan varios actores, por lo que no es de solución inmediata. Asimismo, se debe recordar que siempre el retiro del 10% de los fondos previsionales es voluntario para el cotizante, por lo tanto, no necesariamente aquellas personas que están pidiendo el pago de las pensiones alimenticias con dichos fondos, podrán acceder a ello».

De todos modos «los jueces decretarán la medida cautelar sobre esos fondos, comunicándolo a la administradora de fondos de pensiones que corresponda. Así, las y los solicitantes pueden estar tranquilos a la espera de que se cumpla el trámite completo».

Pago de fondos

Finalmente, la plataforma emitirá un comprobante en el que conste la fecha de solicitud, así como la opción de retiro, informando además que se informará su aceptación o rechazo dentro de los siguientes cuatro días hábiles.

Tras ello, y luego de aceptado el retiro, se deberá llevar a cabo el pago de los fondos. En detalle, el 50% de los solicitado deberá ser entregado en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la solicitud, mientras que el 50% restante se entregará en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.

En tanto, según indica la ley, cada pago tendrá un límite de 75 UF. En todo caso, «si el monto solicitado a retirar corresponde a 35 UF o menos, la entrega de fondos se efectuará en un único pago dentro de los 10 siguientes días hábiles de la fecha de solicitud del retiro».

Finalmente, cabe recordar que la solicitud de retiro de fondos se podrá presentar durante los 365 días siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial.

Equipo Jubilar

El equipo de Jubilar.cl está compuesto por los asesores previsionales César Galleguillos y Viviana Vargas junto al periodista Rafael Hormazábal.

3 comentarios en «Retiro del 10 por ciento de AFP: Así será su funcionamiento»

  • Gracias super claro, estoy lista para retirar mi 10%

    Respuesta
  • Me recomiendan tirar mi 10% a la cuenta de ahorro voluntario ? se paga impuesto allí ? . Tengo entendido que puedo hacer 24 giros en el año? Y parece que la AFP no cobra administración?
    Gracias

    Respuesta

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